COMUNICADO A TODAS LAS PERSONAS CUIDADORAS NO PROFESIONALES DE PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA

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El pasado 7 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que, en su artículo 4 apartados Doce y Trece, contempla la recuperación de la cotización a la Seguridad Social de las personas cuidadoras no profesionales. 

El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, hace las consideraciones necesarias respecto de los convenios ya suscritos.


Principal novedad: la cotización correrá a cargo de la Administración General del Estado


Se podrán dar las siguientes situaciones:

– Personas cuidadoras que surjan de la aprobación de nuevos PIAs.-  A partir del 1 de abril, los convenios especiales que suscriban surtirán efectos desde la fecha de reconocimiento de la prestación si se solicita dentro de los 90 días naturales siguientes a esa fecha. En caso contrario, tendrán efectos desde la solicitud de suscripción.

– Personas cuidadoras que habían suscrito voluntariamente los convenios especiales conforme al régimen anterior.- La norma plantea que se entenderán subsistentes, quedando la cuota a abonar a cargo de la Administración General del Estado.

– Personas cuidadoras que no habían suscrito los convenios especiales conforme al régimen anterior.- Podrán solicitar la suscripción del convenio especial con efectos desde el 1 de abril, siempre que la solicitud se formule dentro de los 90 días naturales siguientes a esa fecha. En caso contrario, los efectos tendrán lugar desde la fecha de solicitud de suscripción.

Para la suscripción del convenio se deberá presentar la siguiente documentación:

– El formulario de solicitud

– Resolución de concesión de la PECEF.

– DNI de la persona cuidadora y DNI persona en situación de dependencia.

– Certificado o documento que confirme que la prestación sigue siendo efectiva y que se sigue manteniendo la persona cuidadora, a efectos de actualización. 


Para más detalles: web oficial de la Seguridad Social http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10555/51635

LUGAR Y HORARIO DE CONSULTA DE DUDAS:

Lunes y Viernes de 11:00  h a 12:00 h